La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) reveló en una circular obligatoria las reglas para el uso de drones de uso doméstico y comercial en México. Esta circular categoriza a las aeronaves no tripuladas por peso: de hasta 2 kilogramos de peso, de más de dos a 25 kilogramos, y de más de 25 kg. Para todos los casos está establecido que solamente se podrá hacer uso de estos dispositivos durante el día. Así se establecen las distancias en zonas permitidas y restringidas:
Por ejemplo, sin importar el peso, sólo pueden ser operadas durante el día, en áreas clasificadas como prohibidas, restringidas o peligrosas, y al menos a 9.2 kilómetros de los aeropuertos controlados, a 3.7 kilómetros de los aeródromos no controlados, y a 900 metros de los helipuertos, y no deben dejar caer objetos que puedan causar daños a personas o bienes.
